Según se estableció en el Declaración de Santiago que le dio origen, RELPE está conformada por miembros plenos y miembros adherentes.
Son miembros plenos los portales designados como tales por el respectivo Ministerio de Educación (uno por país) que han completado el protocolo de indexación de contenidos de la Red y realizado las adaptaciones técnicas para conectarse virtualmente a la Red.
Son miembros adherentes aquellos portales designados por el correspondiente Ministerio de Educación que se hallan en etapa de diseño o de desarrollo. Pasarán inmediatamente a la categoría de miembros plenos una vez que satisfagan las condiciones anteriormente señaladas.
El Consejo Directivo de la Red está conformado por los miembros plenos representados por los ministros de Educación o sus delegados. Este Consejo determina la política de desarrollo de la Red y promueve la afiliación de nuevos miembros. Se reúne una vez al año y sus acuerdos son adoptados por la mayoría de los miembros presentes con derecho a voto.
El Consejo Directivo elige entre los miembros plenos a su presidente y tres vicepresidentes, los que duran dos años en esta función. En este momento ejerce la Presidencia el ministro de Educación de República Dominicana, y los ministros de Argentina, Costa Rica y Paraguay están a cargo de las vicepresidencias. Asimismo, las acciones decididas por el Consejo Directivo son llevadas a cabo por la Secretaría Ejecutiva de RELPE que en la actualidad es responsabilidad de Argentina.